Decreto 23/2012 Fauna silvestre Andalucía - Página 2
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Tema: Decreto 23/2012 Fauna silvestre Andalucía

  1. #11

    Predeterminado

    Cita Iniciado por Santiago Caballero Ver Mensaje
    Adjunto pongo el enlace www.juntadeandalucia.es/boja/boletines/2012/60/d/updf/d6.pdf
    Ya lo he ojeado algo más y el artículo 26 es muy interesante. A falta de analizarlo más en profundidad es un paso importante para la legalización de los ejemplares correctamente anillados. Ya hace mención expresa a las mutaciones. Tras los palos que nos han dado con las psitácidas, ahora parece que los andaluces han hecho algo que va por el buen camino. Me queda la duda de la legalización de los ejemplares que ya tenemos, ya que hay que demostrar la legal adquisición de los progenitores y no es válido el famoso "documento de cesión" (aunque eso ya lo sabíamos). Por otro lado parece que no exige la autorización a los centros de cría de paseriformes no amenazados, pero por otro lado exige que sean adquiridos en centros autorizados, lo que parece contradictorio, pero debe reconocer que lo he leído muy por encima y no me he podido resistir a contarlo antes de verlo con detenimiento. Espero que cada uno aportemos lo que interpretemos, ya que las interpretaciones pueden ser muy variadas. Saludos.
    No se el por que no me deja ver el enlace
    gallardo_anaya@hotmail.es


  2. #12
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    Predeterminado legalidad

    Cita Iniciado por jorge h Ver Mensaje
    Muy interesante, le he echado un vistazo rápido y parece que de una vez se legaliza la cría de especies autóctonas y sin necesidad de solicitud de autorización, lo único que necesitas es poder demostrar origen legal y tenerlos anillados con anilla reglamentaria de una entidad de ámbito nacional o regional.
    Todo esto no es nuevo, ya existia lo que pasa que ahora se esta generalizando, la prohibicion de la hibridacion tanbien existia y es, ha razon de la posibilidad de escape de los hibridos y la infima posibilidad que prospere el hibrido en libertad,pudiendo llegar a perder la especie inicial, saludos.
    Fauna europea y sus mutaciones

    Camachuelo común (Pyrrhula pyrrhula) legal 100%

  3. #13
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    Seguro que se refiere a otro tipo de aves y le eximirá de tener que solicitar la tenencia y cría a la consejería. Digamos que equipara la cría y tenencia de las aves passeriformes autóctonas que no necesitan autorización con otro tipo de aves que si no es por que son mutadas si necesitarían de autorización.

  4. #14
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    Cita Iniciado por Santiago Caballero Ver Mensaje
    Una vez que lo he leído con más detenimiento creo que por fin no soy un ilegal por criar pájaros. Al criar paseriformes no amenazados de fauna autóctona ni tan siquiera se exige la autorización del centro de cría. Sólo pide que se lleve un libro registro y que las aves tengan anilla cerrada reglamentaria y que se disponga de la documentación acreditativa de la legal posesión de los progenitores. En esta documentación se me genera la duda de si valdría una factura antigua, porque dice progenitores y no antecesores. Entiendo que con una factura antigua y un libro de registro donde aparezcan los descendientes sería suficiente. Incluso desde el famoso documento de cesión podría ser válido, ya que si es emitido por una persona que cría estas aves y cumpla la ley, la procedencia sería legal.
    No entiendo el punto 10 del artículo 26, ya que parece que quiere hacer referencia a las mutaciones y eximirlas del artículo, pero no entiendo de qué se les exime realmente, ya que también necesitan anilla y que hayan sido adquiridos en centros autorizados, pero para el caso de paseriformes no es necesario autorizar los centros de cría, por lo que sería difícil demostrar su procedencia. Quizás se refiere a mutaciones de especies amenazadas o de aves no paseriformes, pero sigo sin entender las ventajas de qué se las exima del artículo 26.
    Si alguien lo ve más claro agradecería su explicación. Saludos.
    Perdón, no había puesto la cita.
    Seguro que se refiere a otro tipo de aves y le eximirá de tener que solicitar la tenencia y cría a la consejería. Digamos que equipara la cría y tenencia de las aves passeriformes autóctonas que no necesitan autorización con otro tipo de aves que si no es por que son mutadas si necesitarían de autorización.

  5. #15
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    Cita Iniciado por hares Ver Mensaje
    Todo esto no es nuevo, ya existia lo que pasa que ahora se esta generalizando, la prohibicion de la hibridacion tanbien existia y es, ha razon de la posibilidad de escape de los hibridos y la infima posibilidad que prospere el hibrido en libertad,pudiendo llegar a perder la especie inicial, saludos.
    Pues yo no tengo constancia de que la ley amparara la cría de autóctonos en ningún momento. Creo que hasta ahora existía un vacío legal sobre el tema.

  6. #16
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    Estimado compañero, si necesitas cualquier aclaración, como veterinario al que le pidieron opinión al respecto, puedo hacértela gustosamente dentro de mis posibilidades, saludos, jm.
    Verderones mutados, Verdes e Isabelas pastel belga,.
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    Verderones Cabeza negra (C. ambigua) clásicos y ágatas.
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  7. #17
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    Cita Iniciado por Veti Ver Mensaje
    Estimado compañero, si necesitas cualquier aclaración, como veterinario al que le pidieron opinión al respecto, puedo hacértela gustosamente dentro de mis posibilidades, saludos, jm.
    Pues estaría bien que nos comentaras sobre qué te pidieron opinión exactamente y que nos transmitieras toda la información que pudiera aclararnos las dudas que se planteen sobre el tema. Un saludo.

  8. #18
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    Predeterminado duda

    Tengo una duda, es un caso de un compañero del foro y amigo, si de una pareja de mutados sacamos un ave ancestral de fenotipo, ¿es legal o ilegal?, como demostramos su procedencia ante el escepticismo del organismo que supuestamente nos tiene que dar la autorizacion.

    Por otra parte, al salir de mutados, ¿tenemos el permiso de la cria de estos ancestrales?
    Fauna europea y sus mutaciones

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  9. #19
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    Pues estaría bien que nos comentaras sobre qué te pidieron opinión exactamente y que nos transmitieras toda la información que pudiera aclararnos las dudas que se planteen sobre el tema. Un saludo.
    Mi aportación fue por la experiencia que tengo en la cría en cautividad de los fringilidos y sus mutaciones, desde hace 30 años, así como mi experiencia aspirante a juez de fauna europea, híbridos y exóticos de la F.A.O., formas de identificación, anillado y calibres, etc.., no se si todas vuestras dudas pero lo intentaria, al menos en lo que sepa con seguridad pues en el documento final intervienen multitud de personas y no todas con la misma opinión al respecto, así que de todas las opiniones sale este al final...espero haberte respondido, saludos, jm.
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  10. #20
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    Cita Iniciado por hares Ver Mensaje
    Tengo una duda, es un caso de un compañero del foro y amigo, si de una pareja de mutados sacamos un ave ancestral de fenotipo, ¿es legal o ilegal?, como demostramos su procedencia ante el escepticismo del organismo que supuestamente nos tiene que dar la autorizacion.

    Por otra parte, al salir de mutados, ¿tenemos el permiso de la cria de estos ancestrales?
    Aquí si lo tengo claro si esta debidamente anillado y puede demostrar la procedencia con los progenitores, no tendría problemas. La segunda no la entiendo?? todos debidamente anillados con anilla cerrada no tiene problemas o mejor dicho no debieran tenerlos.
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