Ecologistas en Acción–Andaluc*a denuncia la práctica del Silvestrismo como una caza furtiva encubierta
Ecologistas en Acción-Andaluc*a considera que el silvestrismo supone un método masivo y no selectivo de caza que puede causar la desaparición y/o alteración local de las poblaciones de aves canoras silvestres.
Las especies más afectadas, las que son objeto de captura, son el verderón, jilguero y pardillo común (todas en ellas en declive), además también pueden verse afectados ejemplares de otras especies. Este método de captura está taxativamente prohibido por la normativa europea (Directiva para la Conservación de las Aves Silvestres) pero la legislación española (estatal y autonómica) ha realizado una transposición incorrecta y parcial de esta directiva para as* poder autorizar esta actividad cinegética.
Según la Ley de Flora y Fauna de Andaluc*a (Ley 8/2003) la caza sólo puede ejercerse sobre aquellas especies considerados cinegéticas y que aparecen reflejadas en su anexo nº III. Debemos recordar que las especies objeto de silvestrismo no figuran en este anexo de especies cazables y la administración ambiental fundamenta su captura (según Instrucción de la Dirección General de Gestión del Medio Natural de 1997 y que se renueva anualmente) en una supuesta excepcionalidad para evitar daños a la agricultura y proveer individuos para la cr*a en cautividad.
Por lo general se utilizan diferentes métodos de captura como: redes abatibles, redes niebla o verticales y redes cañón, aunque la más extendida es la primera. La obligación de los silvestristas es quedarse sólo con un cupo de las más aptas para el canto, soltando a la mayor*a de aves apresadas. La administración ambiental apenas somete a control esta práctica y todos los años se capturan miles y miles de estas aves que luego son destinadas al mercado negro de las aves de jaula y, en los peores casos, a su consumo como “pajaritos fritos”.
En España, la Ley establece un marco general de protección para todas las especies de fauna silvestre. Se proh*be “matar, dañar o inquietar intencionadamente a los animales silvestres, incluyendo su captura en vivo y la recolección de sus huevos o cr*as”. La administración ambiental andaluza deber*a aplicar este principio de manera escrupulosa y evitar as* la proliferación de técnicas de captura masiva e ilegal de fauna silvestre, en ocasiones practicadas incluso en espacios naturales protegidos.
Ecologistas en Acción – Andaluc*a se pregunta: ¿Es excepcional autorizar la captura de miles y miles de estas aves? ¿No se podr*an obtener de la cr*a en cautividad? ¿Cómo se controlan las capturas realizadas anualmente? ¿Cómo afectan estas capturas a las dinámicas de población de estas aves? La realidad en el campo dista mucho a la plasmada en autorizaciones e informes. Por lo general se capturan más aves de las alegadas, todo ello sin contabilizar las capturas realizadas sin autorización y ocultas tras parcelas valladas y cerradas, fuera del alcance de las inspecciones.
Ecologistas en Acción-Andaluc*a, solicita a la Consejera de Medio Ambiente de Andaluc*a que no autorice más capturas para silvestrismo y que aplique escrupulosamente la legislación ambiental europea para evitar una condena por vulnerar el derecho comunitario relativo a la conservación de las aves y sus hábitats.
Fuente:
http://www.diariodigitalagrario.net/...2.asp?id=25618