Para los criadores de psitacidas en andalucia
Página 1 de 2 12 ÚltimoÚltimo
Resultados 1 al 10 de 20

Tema: Para los criadores de psitacidas en andalucia

  1. #1
    Avatar de psitacidas25
    Fecha de Ingreso
    30 ago, 11
    Ubicación
    Sevilla
    Mensajes
    58

    Predeterminado Para los criadores de psitacidas en andalucia

    Puntos 4 y 5

    Artículo 1. Objeto.

    La presente Orden tiene por objeto regular determinados aspectos del Decreto 133/2005 de 24
    mayo de distribución de las competencias establecidas en la Ley 11/2003, de 24 de noviembre de
    protección de los animales en la Comunidad Autónoma de Andalucía:

    a)Tratamientos obligatorios de los animales de compañía.

    b) La Cartilla sanitaria.

    c) Ficha clínica veterinaria.

    d) Transferencia de animales.

    e) Sacrificio de los animales de compañía.

    f) Datos que deben figurar en los habitáculos donde se exponen los animales para su venta.

    g) Razas autóctonas de animales de compañía en Andalucía.

    Artículo 2. Definiciones.

    A los efectos de la presente Orden se entenderá por:

    a) Veterinario/a autorizado/a: persona licenciada o graduada en veterinaria que se encuentra
    legalmente autorizada para el ejercicio de la profesión y para identificar a los animales de
    compañía de conformidad con la normativa vigente que le resulte de aplicación.

    b) Centro veterinario autorizado: consultorio, clínica u hospital veterinario inscritos en el
    Registro Municipal, según lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 11/2003, de 24 de noviembre.

    Artículo 3. Tratamientos obligatorios de los animales de compañía.

    1. Vacunación Antirrábica.

    a) Será obligatoria la vacunación antirrábica de los perros, gatos y hurones debiéndose
    efectuar la primera vacunación a partir de los tres meses de edad de los animales.
    Igualmente deberán ser revacunados a los treinta días posteriores a la primera.
    Anualmente deberá realizarse una revacunación.

    b) Se realizará con vacunas inactivadas autorizadas y registradas por la Agencia
    Española del Medicamento y Productos Sanitarios.

    c) Si la situación sanitaria así lo exige, mediante resolución de la persona titular de la
    Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera se determinará la
    obligatoriedad de vacunación de otras especies de animales de compañía.

    d) La vacunación deberá efectuarse por veterinarios/as autorizados/as. Esta actuación
    incluirá además los siguientes aspectos:

    i) Comprobar la identificación y el registro del animal de acuerdo con la
    normativa vigente, siendo ambos requisitos obligatorios y previos a la
    vacunación.

    ii) Cumplimentar la correspondiente cartilla sanitaria.

    iii) Cumplimentar la actuación en la correspondiente ficha clínica veterinaria. La
    anotación de la vacunación en la ficha clínica generará un número de vacunación
    único para cada acto, que será anotado en la cartilla sanitaria junto a la fecha y
    tipo de vacuna. El sistema numérico de control será diseñado y gestionado por
    Consejo Andaluz de Colegios Veterinarios de Andalucía a través de la base de
    datos establecida en el artículo 5.2.

    e) Por motivos sanitarios se podrá autorizar mediante resolución de la persona titular de
    la Dirección General de Producción Agrícola y Ganadera para que los veterinarios
    oficiales al servicio de la Consejería de Agricultura y Pesca, en el ejercicio de sus
    funciones, puedan realizar vacunaciones antirrábicas.

    f) Quedan expresamente prohibidas las concentraciones de animales para su
    identificación o vacunación. Excepcionalmente, podrán ser autorizadas por la persona
    titular de la Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca a petición
    del Presidente del Colegio Oficial de Veterinarios de la provincia, en atención a
    la carencia de veterinarios autorizados en una zona geográfica concreta y delimitada.

    2. Desparasitación.

    Es obligatoria la desparasitación de perros, gatos y hurones contra la equinococosis. Esta se
    hará bajo pescripción de un/a veterinario/a autorizado/a, haciéndose constar en la cartilla
    sanitaria indicando fabricante, nombre del producto y fecha del tratamiento. La desparasitación
    se hará con periodicidad mínima anual.

    En atención a la situación sanitaria existente en esta Comunidad Autónoma los tratamientos
    obligatorios de desparasitación podrán modificarse y fijarse por resolución de la persona titular
    de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera.

    3. Tratamiento contra Leishmaniosis.

    Para aquellos perros con diagnóstico clínico y laboratorial confirmado de padecer leishmaniosis
    y que sus dueños deseen mantenerlos con vida, se establece la obligación de ejecutar el
    tratamiento completo prescrito por veterinario/a autorizado/a, así como someterse a los
    diferentes diagnósticos necesarios.

    4. Tratamiento contra Chlamydophila psittaci

    Será obligatorio para las especies psitaciformes antes de su venta recibir un tratamiento
    especifico preventivo contra Chlamydophila psittaci de 45 días de duración, prescrito por un/a
    veterinario/a autorizado/a que deberá incluir en la actuación lo establecido en el punto 1.d.

    5. Tratamiento contra otras enfermedades.

    Mediante resolución de la persona titular de la Dirección General de la Producción Agrícola y
    Ganadera se podrá determinar cuantas medidas profilácticas y de tratamiento se estimen
    oportunas, cuando la situación epidemiológica de alguna enfermedad así lo aconseje.

    Artículo 4. Cartilla sanitaria.

    1. Los perros, gatos, hurones, mini pig o cerdos vietnamitas y psitaciformes, deberán
    poseer una cartilla sanitaria por cada animal, que será expedida y cumplimentada por
    veterinario/a autorizado/a, siendo voluntaria su tenencia en relación con el resto de animales
    domésticos, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 6 de este artículo. Serán validas para
    los animales de compañía que provengan de otras comunidades autónomas, la
    cartilla sanitaria expedida en su lugar de origen, y si se excede la permanencia en Andalucía por
    más de tres meses, deberán poseer los modelos establecidos en esta Orden.

    2. En la cartilla sanitaria se reflejarán, al menos, todos los tratamientos obligatorios.

    3. El anexo I contiene el modelo único de cartilla sanitaria en la Comunidad Autónoma de
    Andalucía para perros, gatos y hurones. Este modelo se ajusta al establecido en la Decisión
    2003/803/CE de la Comisión, de 26 de noviembre de 2003 y será documento valido para
    acompañar a los animales en sus desplazamientos entre los distintos Estados miembros de la
    Unión Europea.

    4. El anexo II contiene el modelo oficial de cartilla sanitaria en la Comunidad Autónoma
    de Andalucía para mini pig y psitácidas.

    5. Los modelos oficiales de cartilla sanitaria serán editadas y distribuidas por el Consejo
    Andaluz de Colegios Veterinarios.

    6. Mediante resolución de la persona titular de la Dirección General de la Producción Agrícola y
    Ganadera se podrá determinar la obligatoriedad de posesión de cartilla sanitaria para otros
    animales de compañía así como sus modelos.

    Artículo 5. Ficha clínica veterinaria.

    1. Los/as veterinarios/as autorizados/as llevarán un archivo con la ficha clínica de cada animal
    objeto de vacunación o tratamiento sanitario obligatorio que contendrá como mínimo los datos
    consignados en el anexo III y dispondrán de un plazo de tres días para anotar cualquier actuación
    clínica o resultado diagnostico regulado en esta Orden desde que se haya producido.

    2. El Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Veterinarios será responsable de desarrollar
    una base de datos de gestión de fichas clínicas veterinarias integrada en la hoja registral del
    Registro Andaluz de Identificación Animal.

    3. Tendrán derecho de acceso a dicha base de datos los Servicios Veterinarios Oficiales, las
    Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y los veterinarios/as autorizados/as. La persona titular del animal
    tendrá derecho a conocer sus datos personales y de su mascota, así como a ejercitar los derechos
    que se establecen en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de
    Carácter Personal.

    Articulo 6. Transferencia de animales

    Las personas titulares de los centros autorizados para venta de animales de compañía, los refugios
    de animales abandonados y perdidos y toda aquella persona que transfiera la titularidad de un
    animal de compañía, están obligados a tomar las medidas oportunas para que dichos animales
    antes de su transferencia y cuando así lo indique esta Orden, se les aplique las vacunaciones y
    desparasitaciones que son obligatorias.

    Articulo 7. Sacrificio de los animales de compañía

    1. Requisitos para sacrificar animales de compañía.

    a) El sacrificio de los animales de compañía será efectuado por un/a veterinario/a autorizado/a
    en un centro veterinario autorizado o en el domicilio del poseedor y solo podrá realizarse previa
    sedación profunda o anestesia general y con un ambiente que no favorezca el estrés de los
    animales. Excepcionalmente se podrá sacrificar animales de compañía por un/a veterinario/a
    autorizado/a en refugios para animales abandonados y perdidos. En todo caso, el/la
    veterinario/a certificará la eutanasia mediante un documento que contenga como mínimo los
    datos contenidos en el anexo IV.

  2. #2
    Avatar de psitacidas25
    Fecha de Ingreso
    30 ago, 11
    Ubicación
    Sevilla
    Mensajes
    58

    Predeterminado

    Comunicado de F.O.A Para el mundial 2012

    El presidente de la Sociedad organizadora del Campeonato de Andalucía, nos
    ha pedido que le demos difusión a la siguiente nota:

    Hola a tod@s, los criadores de Spsitacídos que quieran participar en el
    Campeonato de Andalucia, tienen que traer un certificado veterinario en el
    cual se especifique que todas las aves que trae para su exposicion ( con
    numero de criador) estan tratadas de la Chlamydia psittaci, espero que
    llegue a todos los criadores para que les de tiempo a realizarle este
    tratamiento, un saludo.

    De todas formas seguimos en contacto con los vetrinarios, y si hubiese
    algun cambio con respecto a esta peticion os lo comunicariamos.

  3. #3

    Predeterminado

    Está esto confirmado?
    Porque mucha gente desconoce este tema y cuando se entere provocará la renuncia a presentar sus psitácidos a concurso, ya estamos faltos de criadores que lleven sus psitácidos a concurso y esta norma todavía hará que seamos menos concursando lo cual no creo que sea bueno...
    Cuando se hizo el nacional COE en Aguadulce ya existía esta norma?

  4. #4

    Fecha de Ingreso
    06 mar, 09
    Ubicación
    Ronda
    Mensajes
    130

    Predeterminado

    No os podéis imaginar la repercusión que esto puede tener. Por ejemplo, un criador de periquitos que saque 50 pollos al año tendría que ir a un veterinario a que le emitiese 50 cartillas sanitarias (por supuesto cada año). Si alguien nos denuncia por tenencia de psitaciformes o simplemente un agente de la autoridad nos pide la cartilla de un periquito concreto, si no la poseemos constituye una infracción grave, con una cuantía de 501 a 2000 €. Además, antes de vender o ceder cada uno de esos periquitos debe poner un tratamiento contra psitacosis (que creo recordar que dura 45 días) y que tiene que certificar un veterinario. Ya podéis ir pensando el precio de venta del periquito. Esto podría ser válido para el criador de yacos o amazonas, pero dudo que sea viable para el criador de periquitos o agapornis. Si desde las asociaciones no se inician conversaciones para matizar esta orden, los criadores de psitácidas van a desaparecer de Andalucía.

  5. #5
    Avatar de Periscat
    Fecha de Ingreso
    25 nov, 06
    Ubicación
    Lleida
    Mensajes
    617

    Predeterminado

    Desde luego !!

    Me parece un gran error y sin duda, muy perjudicial.

    En el mundial que se mandan aves de todos los países, debería notificarse.

    Un lástima !!

    Además que de momento, solo es en Andalucia.
    Juez Nacional de Periquitos y Psitácidas.

    Críador de Periquitos ingleses -
    C.N. 1O47

    WWW.PERICAT.COM


  6. #6

    Fecha de Ingreso
    22 oct, 09
    Mensajes
    27

    Predeterminado

    Muy buenas.

    Entonces en el campeonato de Andalucia no se podrá presentar agapornis sin dicho certificado no??? Pero y en el campeonato de España??? Se puede participar sin certificado??? Creo que habrán muy pocos que posean este certificado para el andaluz.

    Un saludo y haber si alguien me puede responder.

    Gracias.

  7. #7

    Fecha de Ingreso
    28 sep, 06
    Ubicación
    Rus (Jaen)
    Mensajes
    68

    Predeterminado

    Pues intentaré responder

    No existe tal comunicado de FOA, (y en el caso de este post psitácidas25) que lo transcrito es un comunicado de FOA y menos aún que es para el mundial 2.012 (a no ser que venga de otra fuente que yo desconozca). Ese comunicado lo puso en el foro de FOA mi compañero y presidente de la Asociación Ornitológica El Aviario de Ubeda, JOSE JUAN y refiriéndose en todo caso al Campeonato de Andalucía, nunca al mundial 2.012.

    Posteriormente, puse yo otro post donde aclaro que según la ley del BOJA de 19 de Abril de 2010, no es necesario para concursar el tratamiento para la Chlamydia Psitacis, sino para la venta de dichas aves, y que estamos haciendo gestiones con los organismos correspondientes para tratar de arreglar lo de la cartilla veterinaria, y en ello estamos, aunque aun no hemos concertado nada.

    No es que tenga la mayor importancia, pero las cosas hay que ponerlas tal y como son.
    Última edición por Cybercocinero; 30/09/2011 a las 14:54 Razón: edito nombres y insinuacion

  8. #8

    Fecha de Ingreso
    06 mar, 09
    Ubicación
    Ronda
    Mensajes
    130

    Predeterminado

    Efectivamente, y no deberiamos levantar la liebre, la orden está tan bien hecha que con el objetivo de prevenir la psitacosis humana sólo es necesario el tratamiento si vendemos el pájaro, porque parece ser que la psitacosis no se transmite si lo regalas o intercambias. Lo de la cartilla sanitaria sí que es obligatoria para la tenencia de cualquier psitácido, desde un periquito hasta un guacamayo, debiendo ser obligatoria su posesión para el que traiga psitácidos a cualquier concurso de Andalucía, aunque provengan de otra Comunidad Autónoma, y se hagan las gestiones que se hagan sólo se podría cambiar mediante otra Orden que se publique en BOJA. Tampoco sé por qué se han acordado sólo de los psitácidos, porque la psitacosis la puede padecer y transmitir cualquier ave, y de hecho, uno de los principales reservorios es la paloma, y nadie se ha acordado de los columbicultores, por suerte para ellos.

  9. #9

    Fecha de Ingreso
    09 sep, 09
    Ubicación
    Vigo
    Mensajes
    320

    Predeterminado

    la psitacosis no se transmite si lo regalas o intercambias
    Gracias por la aclaración compañero.

  10. #10
    Avatar de blecua
    Fecha de Ingreso
    12 feb, 06
    Mensajes
    8,413

    Predeterminado

    Esa norma no es nueva,ya tiene sus dos añitos....
    Tampoco hechar la burra por el trigal,la única consecuencia seria es que,de hecho,prohibe la venta de papilleros,cosa que me parece mas que bién.

Página 1 de 2 12 ÚltimoÚltimo

Temas Similares

  1. [ MADRID ] Jaula para psitacidas
    Por lipocromo_25 en el foro Alimentos y accesorios
    Respuestas: 1
    Último Mensaje: 23/09/2013, 23:53
  2. Respuestas: 0
    Último Mensaje: 19/01/2012, 19:06
  3. Nuevo palo a los criadores de psitácidas
    Por Santiago Caballero en el foro Psitácidos de pequeño y mediano porte
    Respuestas: 48
    Último Mensaje: 22/12/2011, 08:05
  4. Campeonato de Andalucía (FOA) - criadores de Córdoba
    Por raperiq en el foro Concursos de Canaricultura
    Respuestas: 0
    Último Mensaje: 25/10/2011, 19:22
  5. Respuestas: 0
    Último Mensaje: 25/10/2011, 19:22

Permisos de Publicación

  • No puedes crear nuevos temas
  • No puedes responder temas
  • No puedes subir archivos adjuntos
  • No puedes editar tus mensajes
  •